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Censo

Los días establecidos para la realización del Censo Poblacional deberán ser “no laborables”

Publicado: 09 Noviembre 2022 |  4:28 pm GMT
Lo establece la Ley 5096 sobre Estadísticas y Censos Nacionales

Los días que fueron marcados por el Poder Ejecutivo para dar realización al Censo Poblacional deberán ser “no laborables” según lo establece la Ley 5096 sobre Estadísticas y Censos Nacionales.

Debido a la cercanía del X Censo Nacional de Población y Vivienda, que serán efectuados del 10 al 23 de noviembre de este año, la ley que crea este sistema ordena que estos días deberán ser no laborales.

El artículo 26 de la ley 5096 establece que: “Los días señalados por el Poder Ejecutivo, para la realización del Censo de Población serán no laborables excepto para los trabajos inherentes a la ejecución de dicho censo”.

No obstante, a pesar de la cercanía, el Poder Ejecutivo no se ha referido a este aspecto u otros detalles que deja establecido la Ley.

Por otro lado, la ley también deja establecido que todos los “habitantes” de República Dominicana están obligados a suministrar los encargados de la ejecución del censo todos los datos que estos le soliciten.

San Cristóbal, República Domincana

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